Lo aprobado

Secretaría de Comunicaciones, Información y Transparencia: Se aprobó la existencia de una Secretaría de Comunicaciones, Información y Transparencia de la Convención. Su función principal será ejecutar la estrategia comunicacional del órgano constituyente y promover una voz institucional acerca de sus actividades, además de supervigilar el cumplimiento de deberes de transparencia.

Para cumplir con este objeto, la Secretaría deberá contar con personal contratado para este fin o con funcionarios públicos de otras instituciones del Estado en comisión de servicio. También podrá celebrar convenios con otras instituciones para ejecutar estas tareas.

Además, debe colaborar a que el texto oficial sea redactado asumiendo las normas de lenguaje jurídico claro como un derecho que asegure la efectiva comprensión de la ciudadanía.

Plataforma electrónica: Se aprobó la plataforma electrónica, que establece el acceso a la declaración de patrimonio, las audiencias otorgadas, viajes realizados, regalos recibidos, montos de asignación y el reporte de la ejecución de estos. Esta también deberá contener otra información como la estructura orgánica de la Convención con la explicación de cada una de las funciones de las comisiones, el presupuesto de la Convención y sus reportes de ejecución mensual, entre otros.

Transmisiones subtituladas y en lengua de señas: Se aprobó que todas las transmisiones que realice la Convención a través de su plataforma electrónica deberán ser emitidas subtituladas y en lengua de señas.

Traducción e interpretación: Se aprobó que todos los informes y documentos aprobados por la Convención deberán estar disponibles en su plataforma electrónica y además deberán ser traducidos e interpretados en todas las lenguas de naciones originarias posibles e inglés.

Divulgación en medios de comunicación: Se aprobó que se generen convenios con las instituciones públicas o de la sociedad civil para generar espacios de divulgación dirigidos por la Convención en canales de televisión que permitan comunicar de forma general las sesiones de las comisiones, subcomisiones y del Pleno, las votaciones y resoluciones, los cronogramas de trabajo y actividades de la Convención, junto con los debates y avances que se van generando en el proceso.

Versión didáctica: Se aprobó que la Convención deberá elaborar informes sobre actividades y resultados del proceso, de sus actividades y resultados del proceso en versión didáctica, amigable y pertinente destinados a niños, niñas y jóvenes.

Comisiones temáticas: Se aprobó la creación de siete comisiones temáticas. Aquí te dejamos sus nombres definitivos y los temas mínimos que deberá abordar cuatro de estas que fueron deliberadas:

1. Comisión sobre Sistema Político, Gobierno, Poder Legislativo y Sistema Electoral

a) Instituciones, organización del Estado y régimen político;

b) Materias de ley y formación de la ley (Nueva letra);

c) Estado Plurinacional y libre determinación de los pueblos;

d) Buen gobierno, probidad y transparencia pública;

e) Sistema electoral y organizaciones políticas;

f) Seguridad pública, defensa nacional y rol de las Fuerzas Armadas en el

régimen democrático contemporáneo; y

g) Relaciones Exteriores, integración regional y cooperación transfronteriza.

2. Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía

a) Preámbulo;

b) Principios;

c) Nacionalidad y ciudadanía;

d) Mecanismos de participación popular, de los pueblos indígenas y el pueblo tribal afrodescendiente y de niños, niñas y adolescentes;

e) Integración de fuentes del derecho internacional de los Derechos Humanos e instrumentos y estándares internacionales en materia ambiental y de Derechos de la Naturaleza; y

f) Mecanismos de democracia directa y participativa; referendums aprobatorios y revocatorios de mandato y de ley; iniciativa popular de ley; democracia digital (Nueva letra).

3. Comisión de Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal

a) Estructura organizacional y descentralizada del Estado;

b) Organización territorial interior del Estado y división político-administrativa con enfoque ecosistémico;

c) Mecanismos de equidad territorial y justicia ambiental;

d) Gobiernos locales;

e) Autonomías territoriales e indígenas;

f) Igualdad y cargas tributarias;

g) Reforma administrativa;

h) Modernización del Estado;

i) Territorios insulares y zonas extremas, y

j) Ruralidad;

k) Estatuto e integración de chilenas y chilenos residentes en el exterior (Nueva letra);

l) Autonomía del pueblo tribal afrodescendiente chileno (Nueva letra).

Respecto a esta comisión, se aprobó agregar una serie de incisos referentes a los principios de esta comisión, sus objetivos generales y específicos y sus competencias. Algunos de los principios aprobados y sus respectivas definiciones son:

  • Principio transversal de descentralización: El actuar de la Comisión tendrá como base y eje rector la misión que le ha sido encomendada, es decir, trabajar para consagrar a nivel constitucional la configuración de un Estado descentralizado y con equidad territorial, tanto a nivel programático, normativo como orgánico.
  • Justicia y Equidad territorial: Este principio, vinculado a la descentralización fiscal, promueve un desarrollo territorial armónico entre las distintas zonas de nuestro país y esta comisión debe propender a generar una propuesta que permita que los beneficios y acceso a servicios del Estado, y las ventajas de la vida en sociedad lleguen a todas las personas independiente del Iugar que habitan, con resguardo de la calidad. Esta es la dimensión territorial de la Justicia Social.
  • Principio de diferenciación territorial: Este principio promueve un trato diferenciado a las localidades dependiendo de sus diversas realidades. Así, se busca disminuir las políticas e instituciones uniformes, de manera de dar mayor espacio a las propias necesidades, competencias y recursos de cada territorio.

4. Comisión sobre Derechos Fundamentales

a) Derechos civiles;

b) Derechos políticos;

c) Derechos sexuales y reproductivos;

d) Reinserción y privados de libertad;

e) Derechos de las personas con discapacidad;

f) Niñez y juventud;

g) Derechos individuales y colectivos indígenas y tribales;

h) Derecho a la vivienda, a la ciudad, a la tierra y al territorio;

i) Derecho al trabajo y su protección;

j) Derecho al cuidado y reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidado no remunerado.

k) Derecho a la negociación colectiva, huelga y libertad sindical;

l) Seguridad Social y sistema de pensiones;

m) Derechos de las personas mayores;

n) Salud en todas las políticas con enfoque en los determinantes sociales;

ñ) Educación;

o) Derechos de las mujeres;

p) Personas privadas de libertad;

q) Personas con discapacidad;

r) Disidencias y diversidades sexuales;

s) Migrantes;

t) Libertad de conciencia y religión;

u) Libertad de emprender y desarrollar actividades económicas;

v) Libertad de asociación;

w) Libertad de expresión;

x) Derecho de propiedad;

y) Derecho a la verdad, la justicia, la reparación integral de las víctimas, sus familiares y a la sociedad en su conjunto, respecto de los delitos cometidos por agentes del Estado y que constituyen violaciones a los Derechos Humanos; y

z) Derechos de las personas chilenas residentes en el extranjero

-Igualdad ante la ley (Nueva letra)

-Libertad personal (Nueva letra)

-Derecho a la seguridad individual (Nueva letra)

-Libertad de emitir opinión, de expresión, de información, de culto y de

prensa (Nueva letra)

Las indicaciones a la comisión sobre Derechos Fundamentales no se terminaron por deliberar. Aún faltan por votar 19 indicaciones a esta que hablan sobre la inclusión de nuevos temas en cuanto a los mínimos que se abordarán en el espacio.

5. Comisión sobre Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico

6. Comisión sobre Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional

7. Comisión sobre sistemas de conocimientos, culturas, ciencia, tecnología, artes y patrimonios

Lo rechazado

Unidades de Participación: Sobre las funciones de la Secretaría Técnica, se rechazó incorporar la indicación que establecía la creación de dos unidades específicas de participación: la Unidad de Secretaría de Participación Popular y la Unidad de Secretaría de Participación y Consulta Indígena.

Comisión de Derechos Humanos: Respecto a las comisiones temáticas, se rechazó sustituir el nombre de la “Comisión de Derechos Fundamentales” por “Comisión de Derechos Humanos”.

Comisión sobre Educación, Sistemas de conocimientos, Culturas, Ciencias, Tecnología, Artes y Patrimonios: En las comisiones temáticas, se rechazó reemplazar el nombre de la séptima comisión por “Comisión sobre Educación, Sistemas de conocimientos, Culturas, Ciencias, Tecnología, Artes y Patrimonios”. Por lo tanto, se considera la educación dentro de los derechos fundamentales de forma exclusiva.

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